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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343695
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2059
RECIBOS DE COMPRAVENTA, VALOR PROBATORIO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2059
La copia certificada de un recibo por determinada cantidad a cuenta del precio de venta de un bien, constituye un documento público, pero no puede decirse lo mismo respecto del recibo, no presentado original para que se pudiera comprobar la autenticidad de la firma que lo calza; y si la parte interesada no confesó haber recibido el precio de la cosa vendida y expresamente declaró que no reconocía el recibo, es indudable que al otorgarle la autoridad responsable a éste, valor probatorio pleno, incurrió en violación de garantías individuales.
Precedentes
Amparo civil directo 7689/46. Carmona viuda de Wehner Virginia. 31 de agosto de 1950. Mayoría de tres votos. Disidentes: Hilario Medina y Roque Estrada. Ponente: Roque Estrada.