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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
343721
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2273

AGRAVIOS EN LA APELACION, OMISION DE LA CITA DE PRECEPTOS LEGALES EN LOS.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2273

Precedentes

Amparo civil directo 3946/47. Valdez Huerta Genaro. 8 de septiembre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Carlos I. Meléndez no asistió a la sesión por las razones que constan en el acta del día. Ponente: Vicente Santos Guajardo. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia 24/85, publicada en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, página 60.
Registro digital (IUS): 343721