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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343736
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2405
DEPOSITO JUDICIAL EN MATERIA MERCANTIL, PRESCRIPCION DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2405
La responsabilidad a cargo del embargante y del depositario en un juicio ejecutivo mercantil, es de carácter estrictamente civil, y por los mismo, la prescripción de las obligaciones derivadas del depósito judicial, no se rige por lo dispuesto en el artículo 1047 del Código de Comercio, sino por la ley de procedimientos civiles aplicable.
Precedentes
Amparo civil directo 9162/48. S. viuda de Silva Francisca, sucesión de. 21 de septiembre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. Relator: Roque Estrada.