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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343743
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2443
INTERDICTOS DE RECUPERAR LA POSESION, IDENTIDAD DEL PREDIO OBJETO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2443
Si el demandado en un interdicto de recuperar la posesión, al contestar la demanda, negó la invasión del predio que le atribuyó el actor, y agregó que el predio poseído por aquél no se identificaba con el reclamado por su contraparte, dejó al actor la carga de la prueba respecto a la identidad del bien reclamado; y en tales condiciones, resulta obvio que la declaración de unos testigos no era bastante para demostrar el hecho controvertido, sino que dicha prueba debió adminicularse a la de peritos, a fin de que quedase establecida sin lugar a dudas, mediante una fundada opinión técnica, la identidad del predio motivo del interdicto.
Precedentes
Amparo civil directo 5475/50. Olivas Jesús Gustavo. 22 de septiembre de 1950. Mayoría de tres votos. El Ministro Vicente Santos Guajardo no concurrió a la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. Disidente: Roque Estrada. Ponente: Hilario Medina.