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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343750
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2480
LIBERTAD PERSONAL, SUSPENSION DE SU RESTRICCION (MEDIDAS DE ASEGURAMIENTO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2480
De acuerdo con lo prevenido por el artículo 136 de la Ley de Amparo, es facultad discrecional del Juez de Distrito, el señalamiento del monto de las garantías que exige para que surta efectos la suspensión definitiva, cuando aquéllas se decretan como medidas de aseguramiento.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente en suspensión 5131/50. Hernández María. 23 de septiembre de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.