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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343752
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2485
REGISTRO PUBLICO, SUSPENSION IMPROCEDENTE DE INSCRIPCIONES EN EL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2485
El acto reclamado tiene carácter de negativo si declara no haber lugar para que se cancele la inscripción de la escritura de adjudicación de una casa, hecha en favor de cierta persona; y sería un absurdo conceder la suspensión para el efecto de que el encargado del Registro Público de la Propiedad no lleve a cabo ninguna inscripción que resulte como consecuencia de las operaciones que pretenda hacer esa persona, para enajenar los derechos que a la quejosa corresponden en la casa que menciona, pues equivaldría a suspender actos cuya realización queda sujeta a la voluntad de dicha persona, que pueden o no realizarse, a pesar de que la quejosa juzgue que seguramente pretenderá llevar a cabo la enajenación de sus derechos.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 4091/50. Riverroll de Pellón Ramona. 23 de septiembre de 1950. Mayoría de tres votos. El Ministro Luis G. Corona no intervino en el asunto por las razones que constan en el acta del día. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.