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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343781
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2631
AMPARO, EFECTOS DE LAS SENTENCIAS DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2631
El efecto de una sentencia que concede el amparo, no sólo es el de nulificar el acto reclamado, sino también los actos subsecuentes que de él deriven; pero no pueden sostenerse que los actos que no deriven o sean consecuencia forzosa de la ejecutoria de amparo, deban de plano anularse en cumplimiento de éstas.
Precedentes
Queja en amparo civil 427/48. Peregrina viuda de Martínez Soledad, sucesión de. 28 de septiembre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Roque Estrada no asistió a la sesión por las razones que constan en el acta del día. Ponente: Vicente Santos Guajardo.