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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343799
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2730
CAUSAHABIENTES (TERCERIAS EXCLUYENTES DE DOMINIO).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2730
Si la tercería fue promovida cuando ya se había dictado sentencia de segunda instancia en el juicio principal, y la inscripción en el Registro Público de la Propiedad, del título en que se fundó la tercería, fue posterior a dicha sentencia, debe estimarse que habiéndose otorgado el título al tercerista por la parte demandada en el juicio principal, cuando ésta ya había sido vencida en el mismo, aquél tenía el carácter de causahabiente de la propia demandada, por lo que no puede considerársele extraño al juicio y debe quedar sujeto a las resultas del mismo, pues la Suprema Corte de Justicia ha establecido que el adquiriente de una cosa que ha sido o es objeto de litigio, debe reputarse como causahabiente de la parte litigante que le transmitió determinados derechos respecto a esa cosa, y no puede considerársele extraño al juicio.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4243/50. Tovar del Bosque Joel. 29 de septiembre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.