Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/343812
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343812
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2772
LANZAMIENTO, SUSPENSION IMPROCEDENTE DEL, TRATANDOSE DE INMUEBLES RUINOSOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2772
Si la finca de que se trata ofrece grave peligro para sus ocupantes, pues está en condiciones de derrumbarse, con peligro que pueda ser mortal para las personas que la ocupan, existe interés público en velar por la seguridad de los inquilinos, y, por tanto, al suspender el lanzamiento que se reclama, se contrariaría la disposición contenida en la fracción II del artículo 124 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 4840/50. Ruiz Ana María. 30 de septiembre de 1950. Mayoría de tres votos. El Ministro Luis Chico Goerne no intervino. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.