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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
343822
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 140

JUICIOS SUCESORIOS, LOS EXTRAÑOS A ELLOS NO PUEDEN DEMANDAR SU NULIDAD.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 140

Precedentes

Amparo civil directo 540/47. Dávila Refugio E. 12 de abril de 1950. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Roque Estrada no asistió a la sesión por las razones que constan en el acta del día. Ponente: Carlos I. Meléndez.
Registro digital (IUS): 343822