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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343823
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 139
BIENES HEREDITARIOS, PROPIEDAD DE LOS (REIVINDICACION).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 139
Si la escritura de protocolización de diversas constancias de un juicio sucesorio, presentada por el actor en un juicio reivindicatorio como título de propiedad del inmueble reclamado, no contiene otra cosa que el inventario de los bienes de la sucesión y el nombramiento de herederos, es indudable que dicha escritura no prueba el dominio del demandante sobre el inmueble de referencia; y aun en el caso de que la repetida escritura contuviera la adjudicación del bien en su favor, tampoco demostraría su propiedad, pues para ello sería necesario que acreditara con el título correspondiente, que el inmueble había pertenecido al autor de la sucesión.
Precedentes
Amparo civil directo 540/47. Dávila Refugio E. 12 de abril de 1950. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Roque Estrada no asistió a la sesión por las razones que constan en el acta del día. Ponente: Carlos I. Meléndez.