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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343844
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 237
IMPEDIMENTOS DE LOS JUECES DE DISTRITO PARA CONOCER DEL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 237
Las pruebas documentales ofrecidas por quien alega el impedimento de un Juez de Distrito para conocer de un amparo, consistentes en copias certificadas de resoluciones dictadas por éste, no pueden tomarse en cuenta para justificar, o no, el impedimento alegado, si esas resoluciones están subjudice, porque contra ellas se interpusieron recursos de revisión y queja, ya que de lo contrario se adelantaría opinión en la resolución que se dictara, ya que podría ser descalificada por las que se pronunciaran en los recursos interpuestos por los mismos interesados.
Precedentes
Impedimento 1/50. Cía. Comercial del Pacífico, S. A. 13 de abril de 1950. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Roque Estrada no intervino por las razones que constan en el acta del día. Ponente: Carlos I. Meléndez.