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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343854
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 314
PRUEBAS EN EL INCIDENTE DE SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 314
Si el recurrente no procuró que se hiciera en el incidente de suspensión, la transcripción de unas constancias que dice que obran en el juicio principal, como esta Suprema Corte tiene que fallar de acuerdo con los documentos que tiene a la vista, resulta que no aparece comprobada su afirmación, por cuyo motivo no es posible aceptar su argumentación, que se apoya en un hecho no demostrado.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 239/50. Ibarra Felipe. 15 de abril de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.