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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343856
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 316
POSESION, SUSPENSION DE SU ENTREGA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 316
Aun cuando ya se haya hecho la notificación a los inquilinos de las casas que están en posesión y administración de la quejosa, para que en lo sucesivo se entiendan con otra persona, los efectos de este acto se siguen manifestando desde el momento en que las rentas que van produciendo los edificios respectivos, va a dar a poder de una tercera persona, con notorio perjuicio de la parte quejosa; por cuyo motivo debe concederse la suspensión definitiva de esos efectos, con el fin de que no obstante la notificación hecha, las rentas que en lo sucesivo se produzcan, sean entregadas a la quejosa, ya que ésta, con la garantía que deberá prestar, está en condiciones de asegurar los daños y perjuicios que se pueden derivar de tal acto.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 621/50. C. de Medrano Ana. 15 de abril de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.