Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/343861
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343861
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 319
EMBARGOS, SUSPENSION DE SUS EFECTOS (ACTOS DE TRACTO SUCESIVO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 319
No es exacto que se trate de hechos ejecutados en su totalidad, si aunque ya se practicó el embargo del predio a que se refiere el quejoso y aun se dio posesión de ese predio al interventor que se nombró al efecto, sin embargo, tal acto continúa produciendo efectos, como son, la intervención de la finca con percepción, por parte del interventor, de los productos de la misma; efectos de tracto sucesivo que, precisamente por tener tal naturaleza, son susceptibles de suspensión.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 2614/49. Ceballos Gamboa Miguel A. 15 de abril de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.