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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343874
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 507
COPIAS PARA EL AMPARO DIRECTO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 507
Si aunque no consta de autos que el quejoso haya solicitado copia certificada de la sentencia reclamada, la autoridad responsable remitió dicha copia con su informa justificado, con lo que se comprueba la existencia del acto reclamado, debe entrarse al estudio del fondo del asunto.
Precedentes
Tomo CIV, página 2641. Indice Alfabético. Amparo directo 5606/49. Alvarez de Hoyos Samuel. 16 de junio de 1950. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Roque Estrada. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Tomo CIV, página 2641. Indice Alfabético. Amparo directo 5581/49. Villalobos Terán Matilde. 26 de abril de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Ponente: Hilario Medina.
Tomo CIV, página 507. Amparo civil directo 9202/48. Rodríguez viuda de Alejandro María Atanasia. 19 de abril de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.