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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343877
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 509
FIADOR EN EL ARRENDAMIENTO, SUBSISTENCIA DE SUS OBLIGACIONES EN CASO DE CAMBIO DE PROPIETARIO DEL INMUEBLE ARRENDADO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 509
No tratándose de un nuevo contrato entre arrendador y arrendatario, sino de cambio de propietario del inmueble arrendado, caso en el cual el adquirente de la finca asume las obligaciones contractuales sobre el bien adquirido, no es necesaria la notificación al fiador del cambio de dueño, en virtud de que el contrato de fianza, que se establece entre el inquilino y el fiador, con consentimiento del arrendador, constituye un contrato accesorio, y no existiendo cambio alguno en el contrato principal, aquél debe seguir la suerte de éste.
Precedentes
Amparo civil directo 8070/47. Garza Galindo Ricardo. 19 de abril de 1950. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Roque Estrada no intervino en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. Ponente: Carlos I. Meléndez.