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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343890
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 597
DEPOSITOS EN CUENTA DE CHEQUES, ENTREGA DE LOS FONDOS EN CASO DE FALLECIMIENTO DEL CUENTAHABIENTE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 597
De conformidad con el artículo 104 de la Ley de Instituciones de Crédito, una vez fallecido el titular de una cuenta de cheques, el banco carece de facultades para hacer entrega de los fondos, con cargo a la misma cuenta, a personas o instituciones que en su concepto tengan derecho a disponer de ellos, pues la devolución de los fondos sólo puede hacerse mediante orden judicial.
Precedentes
Amparo civil directo 8552/49. Banco Internacional, S. A. 20 de abril de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.