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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343925
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 969
CONCEPTOS DE VIOLACION EN QUE SOLO SE REPITEN LOS AGRAVIOS DE LA APELACION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 969
Deben declararse infundados los conceptos de violación que no sean más que una repetición de los agravios que el quejoso hizo valer en la apelación, y los cuales ya fueron estudiados y rechazados por la autoridad responsable, pues quedando en pie los fundamentos aducidos por ésta, no hay base para la resolución del amparo y debe negarse la protección federal.
Precedentes
Amparo civil directo 2139/45. Velázquez Ramón. 27 de abril de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.