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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343945
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1271
COPIAS PARA EL AMPARO DIRECTO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1271
Aunque no conste que el quejoso haya solicitado copia certificada de la sentencia reclamada, ni la acompañó a su escrito de demanda, la existencia de los actos reclamados se encuentra comprobada con el expediente que original remitió la autoridad responsable como informe justificado, y deba entregarse al estudio del fondo del asunto.
Precedentes
Amparo civil directo 6424/47. Fernández y Fernández Jesús. 4 de mayo de 1950. Mayoría de tres votos. Disidentes: Roque Estrada e Hilario Medina. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.