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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 343966
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1552
REGISTRO, NULIDAD O CANCELACION DE INSCRIPCIONES EN EL (LEGISLACION DEL ESTADO DE MEXICO).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1552
De los términos del artículo 3008 del Código Civil del Estado de México, se advierte que lo que dicha disposición exige para deducir acciones contradictorias del dominio de inmuebles o de derechos reales inscritos a nombre de persona o entidad determinada, es que se demande la nulidad o cancelación de la inscripción hecha en el registro, pero no la nulidad del título mismo.
Precedentes
Amparo civil directo 3245/49. Bernal Juan José María. 2 de junio de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.