Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/344021
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344021
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1876
ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL, JUSTIFICACION DEL (TESTIGOS).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1876
No es a los testigos a quienes toca calificar la justificación de la separación del hogar conyugal, pues esta apreciación corresponde exclusivamente al juzgador, de acuerdo con el artículo 419 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito y Territorios Federales.
Precedentes
Amparo civil directo 9200/48. Torriente Dolores Micaela de la. 14 de junio de 1950. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Roque Estrada no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. Relator: Hilario Medina.