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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344023
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1875
ACTUARIOS, VALOR PROBATORIO DE LAS RAZONES DE NOTIFICACIONES ASENTADAS POR LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1875
Las razones de notificaciones asentadas por los secretarios actuarios, que gozan de fe pública, tienen valor probatorio pleno, de acuerdo con el artículo 413 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito y Territorios Federales, si no son desvirtuadas por prueba en contrario.
Precedentes
Amparo civil directo 9200/48. Torriente Dolores Micaela de la. 14 de junio de 1950. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Roque Estrada no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. Relator: Hilario Medina.