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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344057
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 2260
INTERPELACION JUDICIAL EN JURISDICCION VOLUNTARIA, AMPARO IMPROCEDENTE CONTRA LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 2260
La interpelación judicial hecha al promovente del amparo, en unas diligencias de jurisdicción voluntaria, con el fin de interrumpir la prescripción, a solicitud de parte interesada y sin que esté promovida cuestión alguna contenciosa, no deja sin defensa al quejoso y, por lo mismo, el juicio de garantías debe estimarse improcedente.
Precedentes
Queja en amparo civil 573/49. Petróleos Mexicanos. 26 de junio de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hilario Medina. La publicación no menciona el nombre del ponente.