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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344072
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 2480
POSESION DE VEHICULOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 2480
Si la factura presentada por el quejoso para demostrar su posesión sobre el vehículo embargado en un juicio en el que no fue oído ni vencido, se encuentra corroborada por la inspección judicial practicada por el actuario del Juzgado de Distrito, debe estimarse que tales probanzas acreditan la posesión del quejoso, y que el Juez de Distrito obró legalmente al concederle la protección federal.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1113/48. Manuel Díaz Rivera. 8 de febrero de 1950. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Roque Estrada. Relator: Hilario Medina.