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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344094
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 148
INFORMACIONES AD PERPETUAM, OPOSICION A LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 148
Un tercero puede oponerse a las diligencias de información ad perpetuam practicadas en vía de jurisdicción voluntaria, para que el negocio se vuelva contencioso, cuando dichas diligencias se encuentran en tramitación; pero una vez terminadas estas y dictada la resolución en la que se declara poseedor al promovente, sin perjuicio de tercero de mejor derecho, el propio tercero que se crea con derecho a los bienes que fueron materia de la información, no puede oponerse ya a tales diligencias concluidas, sino que debe ejercitar, en la forma procedente, sus derechos sobre la cosa.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3661/47. Francisca María. 6 de enero de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Mercado Alarcón. La publicación no menciona el nombre del ponente.