Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/344145
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
344145
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 770

PATRIA POTESTAD, PERDIDA DE LA (LEGISLACION DE HIDALGO).

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 770

Precedentes

Amparo civil directo 349/49. Oliver León Sixto. 25 de enero de 1950. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Roque Estrada no concurrió a la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. Relator: Hilario Medina. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Cuarta Parte, Tercera Sala: Volúmenes 97-102, página 191, tesis de rubro "PATRIA POTESTAD, PERDIDA DE LA. LA CONCEPCION DE UN HIJO FUERA DE MATRIMONIO NO LA IMPLICA NECESARIAMENTE.". Volúmenes 103-108, página 161, tesis de rubro "PATRIA POTESTAD, PERDIDA DE LA. LA CONCEPCION DE UN HIJO FUERA DE MATRIMONIO NO LA IMPLICA NECESARIAMENTE.".
Registro digital (IUS): 344145