Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/344176
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344176
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 970
COSTAS, SUSPENSION TRATANDOSE DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 970
No procede la suspensión de la condenación en costas, mientras no se haga la liquidación de las mismas, porque entre tanto, la simple condenación no tiene el carácter de acto inminente, para poder suspender.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 3763/49. Rodríguez Vicente. 28 de enero de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.