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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344178
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 971
SUSPENSION PEDIDA POR EXTRAÑOS A UN PROCEDIMIENTO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 971
Las constancias que obran en el incidente de suspensión, son bastantes para presumir el interés jurídico que pueda tener el quejoso en la suspensión de los actos que reclama, si esas constancias ponen de manifiesto que en el predio que se manda entregar por parte de la autoridad responsable a una tercera persona, existen bienes que aparecen como pertenecientes al quejoso y hacen presumir también, que él es el ocupante del referido predio, presunción que basta para conceder la suspensión definitiva que se solicita.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 8999/49. León Lázaro de. 28 de enero de 1950. Mayoría de tres votos. El Ministro José Rebolledo no intervino. Disidente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.