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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
344202
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 1189

NULIDAD DE ACTUACIONES EN JUICIOS SUCESORIOS, NO PUEDE SER PROMOVIDA POR QUIEN NO HA SIDO RECONOCIDO COMO HEREDERO (ACCION, EXISTENCIA DE UN DERECHO, COMO REQUISITO PARA EL EJERCICIO DE LA).

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 1189

Precedentes

Amparo civil en revisión 4284/49. Miñaur Martín Victoria. 1o. de febrero de 1950. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Hilario Medina no asistió por las razones que constan en el acta del día. Ponente: Carlos I. Meléndez.
Registro digital (IUS): 344202