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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
344215
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 1326

PROCEDIMIENTO, VIOLACIONES AL, LAS RESOLUCIONES EN QUE SE COMETAN NO DEBEN SEÑALARSE COMO ACTOS RECLAMADOS, SINO IMPUGNARSE EN EL AMPARO CONTRA LA SENTENCIA DEFINITIVA.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 1326

Precedentes

Amparo civil directo 3319/49. Velasco viuda de Ramírez Consuelo. 6 de febrero de 1950. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Roque Estrada. Ponente: Carlos I. Meléndez.
Registro digital (IUS): 344215