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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344227
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 1387
COPIAS PARA EL AMPARO DIRECTO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 1387
Si el quejoso solicitó que se remitieran a la Suprema Corte de Justicia los autos originales de juicio, lo que hizo la autoridad responsable al rendir su informe justificado, y con ello se comprobó la existencia del acto reclamado, debe entrarse al estudio del fondo del asunto.
Precedentes
Tomo CIII, página 3375. Indice Alfabético. Amparo directo 10057/49. Lara J. Trinidad, sucesión de. 17 de febrero de 1950. Mayoría de tres votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. Disidente: Roque Estrada. Ponente: Hilario Medina.
Tomo CIII, página 1387. Amparo civil directo 1060/47. Marín Landa J. Jesús. 8 de febrero de 1950. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Roque Estrada. Ponente: Carlos I. Meléndez.