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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344238
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 1580
ARRENDAMIENTO, PRORROGA CONVENCIONAL DEL CONTRATO DE (LEGISLACION DE COAHUILA).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 1580
Si se fijó a la prórroga del arrendamiento un término mayor del que concede el artículo 2379, reformado, del Código Civil del Estado, ello no pugna con las disposiciones de la misma ley, y, por tanto, el convenio al efecto celebrado, no puede considerarse nulo, ya que la prórroga se ha establecido en beneficio del inquilino, y a éste le es más benéfico que sea más amplias que la que le concede la ley, sin que tenga que ver la circunstancia de que el término de la prórroga sea mucho mayor que el del contrato concluido.
Precedentes
Amparo civil directo 2010/49. Salum Salvador. 16 de febrero de 1950. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Hilario Medina.