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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
344245
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 1641

DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS POR LA SUSPENSION, NO PROCEDE EN ESOS INCIDENTES LA CONDENACION EN COSTAS, CUANDO SE DECLARA LA CADUCIDAD DEL PROCEDIMIENTO.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 1641

Precedentes

Queja en materia civil 287/49. Guerra Max. 16 de febrero de 1950. Mayoría de tres votos. Disidentes: Hilario Medina y Carlos I. Meléndez. Ponente: Roque Estrada.
Registro digital (IUS): 344245