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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
344267
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 1913

AMPARO INTERPUESTO SIN MOTIVO, MULTA EN CASO DE.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 1913

Precedentes

Amparo civil en revisión 198/49. Lorenzo y Migoni María del Carmen y coagraviados. 24 de febrero de 1950. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Carlos I. Meléndez no estuvo presente por las razones que constan en el acta del día. Ponente: Vicente Santos Guajardo. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Octava Parte, Común, página 89, tesis 52, de rubro "AMPARO INTERPUESTO SIN MOTIVO, MULTA EN CASO DE.".
Registro digital (IUS): 344267