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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
344277
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 2040

AMPARO CIVIL, OMISION DE LA CITA DE PRECEPTOS LEGALES VIOLADOS, EN LA DEMANDA DE.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 2040

Precedentes

Amparo civil directo 246/45. Ramos Francisco. 2 de marzo de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. La publicación no menciona el nombre del ponente. Quinta Epoca. Tomo XC, Primera Parte, página 119. Amparo civil en revisión 9759/44. Reyes M. Angel, su sucesión. 3 de octubre de 1946. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Carlos I. Meléndez.
Registro digital (IUS): 344277