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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344296
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 2107
PRUEBAS, SUSPENSION IMPROCEDENTE DE LA DECLARACION DE NULIDAD DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 2107
La resolución que declara la nulidad de una prueba rendida en el juicio de que se trata, constituye un acto meramente declaratorio, que no produce efectos ulteriores positivos y sabido es que la suspensión no procede contra actos declarativos.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 3082/49. Romero Gallardo Maximiliano. 4 de marzo de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.