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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344350
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 2598
INSPECCION JUDICIAL, NO ES APTA PARA COMPROBAR LA POSESION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 2598
La inspección judicial no es una prueba idónea para demostrar la posesión, especialmente cuando se trata de inmuebles, porque no tiene más objeto que hacer que el juez compruebe por sus propios sentidos, la existencia de determinados hechos o circunstancias en un momento dado, y aun cuando la posesión ofrece situaciones de hecho, no puede ser apreciada por una simple inspección transitoria, sino que requiere una observación de carácter continuo.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4538/46. Sánchez Córdoba Isidro. 17 de marzo de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.