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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344384
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 2881
BIENES HEREDITARIOS, SUSPENSION DE SU ENTREGA AL ALBACEA (ACTOS FUTUROS INMINENTES).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 2881
Aunque las autoridades responsables nieguen que hayan ordenado hacer entrega al albacea de una sucesión, del inmueble de que se trata, es evidente que si, como lo disponen los Códigos Civil y de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, corresponde al albacea de toda sucesión pedir la entrega de los bienes que a esa sucesión se atribuyen, seguramente que la entrega del inmueble a que aluden los quejosos y la administración del mismo inmueble, son actos inminentes de realización y, por lo mismo, susceptibles de ser suspendidos.
Precedentes
Amparo civil en revisión 10107/49. Guadarrama Jacobo y coagraviados. 27 de marzo de 1950. Mayoría de tres votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.