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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344430
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 248
SENTENCIAS, FUERZA OBLIGATORIA DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 248
La sentencia pronunciada en un juicio, sólo obliga a las partes en el mismo y no a personas extrañas, que no fueron oídas ni vencidas en el procedimiento judicial.
Precedentes
Amparo civil directo 5737/48. Arrivillaga Clara. 8 de julio de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Ponente: Vicente Santos Guajardo.