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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344433
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 266
QUEJA IMPROCEDENTE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 266
Si en un juicio de amparo promovido por quien interpuso la queja, se resolvió ya, acerca de los actos que constituyen la materia de ésta, la misma debe declararse improcedente.
Precedentes
Queja en amparo civil 377/48. Arrivillaga Clara. 8 de julio de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.