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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344434
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 278
FIANZA EN EL AMPARO, MONTO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 278
Si la sentencia reclamada condenó a la quejosa a la devolución de un terreno y al pago de cierta cantidad, como daños y perjuicios que le exigía su contraparte, debe tomarse en cuenta esa cantidad, más el valor catastral del terreno, con los réditos que tales cantidades pueden producir en tres años, para determinar el monto de las prestaciones que está obligada dicha quejosa, en el caso de no obtener el amparo de la Justicia Federal.
Precedentes
Queja en amparo civil 2/49. Flores María Guadalupe. 9 de julio de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.