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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344458
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 453
TERCEROS ADQUIRENTES DE BUENA FE, DERECHOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 453
Si el quejoso adquiere un inmueble de buena fe y a título oneroso, no puede ser privado de sus derechos respecto al mismo, en un juicio al que es extraño, seguido en contra del vendedor sobre nulidad de la adquisición de éste; y si no está demostrado que al comprar el quejoso se hubiera ya inscrito en el registro la demanda de nulidad, debe considerársele adquirente de buena fe, sin que le pueda afectar el juicio de que se trata, en lo que toca a sus derechos sobre el inmueble, si no fue citado a él ni existe prueba de que tuvo conocimiento del mismo.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2084/48. Rivas Leyte Manuel y coagraviada. 13 de julio de 1949. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Roque Estrada no intervino en este asunto por las razones que constan en el acta del día. Ponente: Vicente Santos Guajardo.