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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344459
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 470
POSESION, PRUEBA DE LA (PRESCRIPCION POSITIVA).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 470
La certificación expedida por un delegado del Departamento del Distrito Federal, no puede acreditar la posesión, ni menos aún los requisitos necesarios, conforme a la ley, para la prescripción positiva, porque no se trata de un hecho que pueda certificar el mencionado delegado, por ser ajeno a sus funciones; y tampoco es susceptible de acreditarse ese hecho mediante una inspección ocular, atento el carácter momentáneo de ésta, en tanto que la posesión contínua y pública implica una situación permanente, durante los plazos que señala la ley para que opere la prescripción positiva.
Precedentes
Amparo civil directo 1606/48. Díaz Belmont Justo. 14 de julio de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.