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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344493
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 866
CONTRATOS, CLASIFICACION LEGAL DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 866
El hecho de que los interesados designen a un contrato con un determinado nombre, nada significa para el juzgador, a quien está sometida la cuestión de hacer la clasificación respectiva, de acuerdo con la ley. Los contratos adquieren su clasificación legal, no por el nombre que les den las partes, sino en atención a su contenido, es decir, a la naturaleza de los derechos y obligaciones que originen.
Precedentes
Amparo civil directo 6683/48. Llamosa de De la Vega Beatríz. 27 de julio de 1949. Mayoría de tres votos. Disidente: Hilario Medina. Impedido: Carlos I. Meléndez. La publicación no menciona el nombre del ponente. Engrose: Vicente Santos Guajardo.