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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344505
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 980
SENTENCIAS ACLARACION DE LAS (LEGISLACION DE VERACRUZ).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 980
La ausencia de claridad de la sentencia reclamada en el amparo, no puede estudiarse sin haberse agotado antes el recurso de aclaración establecido en el artículo 58 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Veracruz.
Precedentes
Amparo civil directo 1678/49. Ponce Narváez Eugenio. 28 de julio de 1949. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Carlos I. Meléndez.