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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344520
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 1053
ESTRADOS EN LOS TRIBUNALES, CONCEPTO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 1053
Según el Diccionario Escriche, los estrados son: "Las Salas de los tribunales donde los Jueces oyen y sentencian los pleitos. Citar para estrados, es emplazar a uno para que comparezca ante el tribunal dentro del término que se le ordene y alegue de su derecho; lo que más comunmente se usa en las rebeldías. Hacer estrados, es dar audiencia en los tribunales, los Jueces, a los litigantes. Cuando el citado para comparecer en juicio es rebelde o contumaz, le señala el Juez los estrados del tribunal por procurador y en ellos se leen los autos o providencias, causando al reo el mismo perjuicio que si se le notificasen en persona.". De conformidad con lo anterior, no puede admitirse que la Tesorería del Distrito Federal tenga estrados.
Precedentes
Amparo civil en revisión 8820/47. Sanjenís Guillermo Jr., quiebra de la, sucesión de. 29 de julio de 1949. Unanimidad de cinco votos. Relator: Roque Estrada.