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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344561
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 1588
TESTAMENTO RESPECTO DE BIENES OBJETO DE UN JUICIO INTESTAMENTARIO YA CONCLUIDO, FORMA DE EJERCER LOS DERECHOS QUE AQUEL CONFIERE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 1588
Si los bienes que fueron del autor de una sucesión se aplicaron en propiedad a la cónyuge supérstite, después de haberse seguido el juicio intestamentario correspondiente con todas las formalidades de ley, debe estimarse que los derechos sobre los propios bienes, que un testamento confiera a los quejosos, debieron hacerse valer contra la cónyuge supérstite en un procedimiento contencioso, en el que además de resolverse sobre la autenticidad del testamento, se decidiera sobre la validez de los derechos de propiedad que el intestado trajo como consecuencia en favor de la repetida cónyuge supérstite; y como tal procedimiento contencioso no podría tener lugar en el trámite de la testamentaría, debe estimarse legal la resolución que dio por terminada ésta, dejando a salvo los derechos de los quejosos, para que los ejercitaran en el procedimiento correspondiente, por no poder coexistir la testamentaría con el juicio intestamentario del mismo autor de la sucesión y respecto de los propios bienes.
Precedentes
Amparo civil en revisión 52/48. Gaona José Luis y coagraviada. 15 de agosto de 1949. Mayoría de tres votos. Ausente: Roque Estrada. Disidente: Carlos I. Meléndez. Ponente: Vicente Santos Guajardo.