Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/344565
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
344565
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 1670

COMPETENCIA JURISDICCIONAL, PROCEDENCIA DEL AMPARO INDIRECTO CONTRA RESOLUCIONES DICTADAS EN MATERIA DE.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 1670

Precedentes

Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 4718/49. Compañía Nacional de Electricidad, S. A. 17 de agosto de 1949. Mayoría de tres votos. El Ministro Roque Estrada no votó por las razones que constan en el acta del día. Disidente: Vicente Santos Guajardo. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Registro digital (IUS): 344565