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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344576
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 1787
AGRAVIOS EN LA REVISION, EN EL INCIDENTE DE SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 1787
Es infundado el agravio esgrimido en el incidente de suspensión, que se refiere a que la demanda es extemporánea, ya que se relaciona con una cuestión propia del juicio principal, que tendrá que ser resuelta en su oportunidad.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 531/49. Compañía Petrolera "La Norma", S.A. 20 de agosto de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Octava Parte, Común, página 515, tesis 310, de rubro "SUSPENSION, MATERIA DE LA. DIFIERE DE LA DEL JUICIO.".